Estamedida es aplicable a aquellos contratos sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, en los que las partes acordaron que la renta sería objeto de actualización, independientemente
RESPUESTA En las viviendas, a partir del mes siguiente a aquel en el que el dueño le notifique al inquilino por escrito la subida o actualización de la renta del alquiler. En los locales de negocio habrá que estar a lo dispuesto en el contrato. Si en el mismo figurase que la renta subirá un 5% el día 1 de enero de 2014, no hace falta que el dueñoEstoypendiente de alquilar un local comercial (cafeteria), tiene un contrato de renta antigua asociado a una S.L, según el arredantario, como ha ido actualizando la retas y ha habido varios transpasos el arrendado no ha podido extinguir el contrato en diciembre de 2014 y que tiene una prórroga forzosa indefinida.
Lainminente finalización el próximo 1 de enero de 2015 de los contratos de arrendamiento de locales de negocio con renta antigua afectará a más de 200.000IRQZfY0.